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Cierre de fronteras para ingresar a la Argentina desde 10 países: los nuevos requisitos para quienes lleguen del exterior

Se bloquean los pasos limítrofes y los vuelos con cuatro países europeos y Australia. La medida rige desde las cero horas del 25 de diciembre hasta el 9 de enero. Quienes ingresen al país deberán hacerse un PCR y un aislamiento obligatorio de 7 días.

Tras la alerta de un rebrote por coronavirus, el Gobierno oficializó el endurecimiento de los ingresos al país por vía terrestre y aérea: se cerrarán las fronteras para ingresar a la Argentina desde 10 países.

Según se detalló, la medida empezará a regir desde de las cero horas de este viernes hasta el 9 de enero. El cierre de fronteras será terrestre con países limítrofes y aéreas con otros cuatro estados europeos y Australia, ante el aumento de casos de COVID-19 en la región y la aparición de una nueva cepa en Gran Bretaña.

Tanto argentinos y residentes como extranjeros que ingresen por ambas vías (terrestre o aérea) deberán realizarse un PCR y un aislamiento obligatorio de 7 días. Si quien viaja realizó el hisopado las 72 horas previas, no será necesario realizarlo al llegar.

Además, se estableció que se restringen ingresos y egresos a través de los pasos fronterizos habilitados, “salvo para residentes y ciudadanos argentinos”. Solo los de San Sebastián e Integración Austral, ambos situados en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, queden exceptuados de la restricción, para garantizar el tránsito con Chile y la conexión con el resto del territorio argentino.

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De esta manera, queda en suspenso la prueba piloto que autorizó el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes, tanto por las terminales aéreas de Ezeiza y San Fernando, como por la portuaria de Buquebus. En esta terminal del Puerto de Buenos Aires sólo se autorizará el ingreso de argentinos y residentes.

Solo están autorizados a ingresar al país

* Transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad

* Extranjeros autorizados por Migraciones para desarrollar una actividad laboral o comercial, para cumplir con una misión diplomática, participar de eventos deportivos, “o para su reunificación familiar con argentinos o residentes”

* Extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el Aeropuerto de Ezeiza menor a 24 horas.

Tras la decisión oficializada este jueves, todas las personas que deseen ingresar a la Argentina deberán presentar una declaración jurada a la que se le incluyó: “Identificar si en los últimos 14 días se visitó alguno de los siguientes países: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Dinamarca, Italia y Holanda”.