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Por un fallo judicial, Farmacity no podrá instalarse en la provincia de Buenos Aires

La decisión de la Corte Suprema le impide al grupo farmacéutico administrar farmacias en territorio bonaerense y, según señalaron, “dificulta a los bonaerenses tener más acceso a la salud”.

En un fallo dividido, la Corte Suprema rechazó el planteo de inconstitucionalidad de Farmacity contra una ley bonaerense que restringe la instalación de sus locales en la provincia de Buenos Aires.

El empresa farmacéutica había promovido una demanda contra la Provincia “con el objeto de obtener la declaración de nulidad” de las normas que limitaban sus posibilidades de operación en territorio bonaerense. La ley provincial prioriza a las farmacias tradicionales y excluye a las sociedades anónimas.

Farmacity pidió que se declare “la inconstitucionalidad de los arts. 3° y 14 de la ley local 10.606”, justamente los que establecían la limitación. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la sentencia que había rechazado la demanda.

Pero Farmacity llegó hasta la Corte y en un larguísimo trámite de casi tres años, obtuvo dictamen favorable a sus pretensiones por parte de la Procuración General de la Nación.

Después de dos audiencias públicas y la intervención de “amicus curiae”, y de que tres de los jueces del máximo tribunal fueran recusados o se excusaran de intervenir, finalmente el tribunal emitió hoy su decisión.

El voto mayoritario sostiene que “la presencia de un farmacéutico en la titularidad de la farmacia garantiza la independencia económica y el consecuente libre ejercicio de la profesión”. “Al tener pleno control de su instrumento de trabajo puede ejercer su profesión con la independencia que caracteriza a las profesiones liberales. Es a la vez un empresario vinculado a las realidades económicas relacionadas a la gestión de su farmacia y un profesional de la salud que busca equilibrar sus imperativos económicos con las consideraciones de la salud pública, lo que lo distingue de un puro inversor”, añade la resolución.

Para la Corte, Farmacity “no ha demostrado que las restricciones cuestionadas importen un menoscabo del derecho a ejercer toda industria lícita”. Y el texto añade: “Muy por el contrario, la propia actora sostiene que es propietaria de más de doscientas farmacias y que decenas de miles de personas compran medicamentos diariamente en sus locales”.

La Corte aceptó tratar el planteo de Farmacity pero lo rechazó, y cerró así definitivamente el pedido de la cadena sanitario-comercial.